Seguros de vida y herencia: Cómo asegurar el futuro de tu familia

Todos acumulamos bienes preciados a lo largo de nuestra existencia y buscamos protegerlos frente a situaciones adversas. Por eso, optamos por seguros de automóviles que ofrecen más cobertura que el básico, seguros de hogar para defendernos de robos o incendios, o seguros de viaje para asegurarnos unas vacaciones tranquilas.

Seguros de vida y herencia: Cómo asegurar el futuro de tu familia

Sin embargo, más allá de los bienes materiales, hay seguros destinados a proteger aspectos intangibles de nuestra vida. Los seguros de vida entran en esta categoría. Estas pólizas son valiosas, pero surge una pregunta: ¿Necesito un seguro de vida para asegurar el bienestar de mi familia? Veamos en detalle qué ofrecen.

¿Qué comprende un seguro de vida?

Un seguro de vida es un acuerdo entre una persona y una compañía aseguradora. El asegurado paga una suma específica regularmente, y en caso de su fallecimiento o ciertas incapacidades, su familia recibe una compensación monetaria.

La «prima» es la cantidad que el titular del seguro abona para mantener activa la póliza. El monto de esta prima varía según la edad, salud, estilo de vida, coberturas solicitadas y el monto que se otorgaría a los beneficiarios. Existen dos formas principales de pagar estas primas:

  • Prima única: Algunas compañías la prefieren, especialmente si el asegurado supera los 65 años.
  • Prima periódica: Este tipo de pago puede dividirse según prefiera el asegurado: mensual, trimestral, semestral, etc.

¿Quién recibe el beneficio del seguro de vida si el titular fallece?

Si el asegurado muere, su patrimonio se distribuye según su testamento. Sin embargo, el seguro de vida es una excepción. Los beneficiarios especificados en la póliza son quienes recibirán el monto asegurado. El asegurado también puede optar por destinar este monto al pago de deudas con bancos o impuestos.

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Aunque a menudo los beneficiarios son familiares, surge una interrogante: ¿El seguro de vida se considera parte de la herencia?

El seguro de vida no se incluye en la herencia

Para responder a esa pregunta: no, el seguro de vida no se considera herencia. Aunque está relacionado con el fallecido, el beneficio se concede por elección directa del asegurado, no como un patrimonio heredable.

Hay una distinción clara entre herencia y seguro de vida. Mientras que la herencia se transmite por derecho de sucesión, el seguro de vida se rige por un contrato previamente establecido. Es esencial entender esta diferencia para garantizar que los seres queridos estén protegidos y reciban lo que les corresponde de la manera deseada.

Relación entre el seguro de vida y el testamento

Antiguamente, era común mencionar en el testamento si el difunto contaba con un seguro de vida. Sin embargo, en 2005 se estableció el Registro de Seguros de Vida, supervisado por el Ministerio de Justicia. Este registro permite verificar si una persona poseía un seguro de vida al momento de su deceso.

¿Puede coincidir el beneficiario del seguro y el heredero?

Es totalmente factible que el titular del seguro designe como beneficiario a la misma persona que heredaría sus bienes. Así, el designado podría recibir tanto la compensación del seguro como la porción de herencia que le corresponda.

Si un heredero también es beneficiario del seguro, debe distribuir la compensación del seguro de acuerdo con lo que estipule la póliza o, en su defecto, de manera equitativa entre los demás beneficiarios.

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En situaciones donde no se haya especificado un beneficiario en el contrato del seguro, los herederos legales tienen derecho a reclamar la compensación. Es crucial entender que los herederos legales son determinados por la ley basándose en el grado de parentesco. Por supuesto, aquellos mencionados en el testamento también son considerados herederos legales.

¿Los seguros de vida tienen implicaciones fiscales?

Cuando nos preguntamos si hay que abonar impuestos al recibir una indemnización de un seguro de vida, la respuesta es un rotundo sí. Dependiendo de tu relación con el contrato de seguro (asegurado o beneficiario), la tributación varía.

Si eres el titular del seguro y recibes una compensación debido a invalidez absoluta, esta se considera como rendimiento del capital mobiliario. Como con otros ingresos, Hacienda establece tramos impositivos basados en la cantidad obtenida:

  • Para sumas de hasta 6.000 euros, se aplica un 19%.



  • Para cantidades entre 6.001 y 50.000 euros, el impuesto es del 21%.
  • Para montos superiores a 50.001 euros, el gravamen asciende al 23%.

En situaciones donde la indemnización se recibe debido al fallecimiento del titular del seguro, los beneficiarios también deben considerar las obligaciones fiscales. Estarán sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que fluctúa según diversos criterios: relación con el difunto, presencia de discapacidad, edad, entre otros.

Este impuesto es variable, dependiendo de factores regionales y de parentesco. Por ejemplo, en comunidades como Navarra, Cantabria y el País Vasco, ciertas indemnizaciones pueden estar exentas de tributación. En otras regiones, existe una exención si la indemnización no excede los 9.195,49 euros.

Considerando el grado de parentesco, se aplican reducciones específicas:

  • Si el beneficiario es un hijo menor de 21 años del difunto, se beneficia de una rebaja en la base imponible de 47.858,59 euros y una reducción adicional del 100% hasta el límite de 9.195,54 euros.
  • En el caso de que el beneficiario sea el cónyuge o un hijo mayor de 21 años, la rebaja inicial es de 15.956,87 euros, seguido de la reducción adicional con el mismo límite ya mencionado.
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Para beneficiarios con discapacidad, las rebajas son aún más considerables:

  • Con una discapacidad entre el 33% y el 65%, se aplica una reducción adicional del 47.858,59%.Con una discapacidad superior al 65%, se otorga una rebaja extra de 150.253,03 euros.

Conocer estas implicaciones fiscales es crucial para estar preparados y garantizar que los seres queridos puedan beneficiarse al máximo de la indemnización sin sorpresas fiscales.

En pocas palabras

El seguro de vida actúa como un puente financiero, garantizando que tus seres queridos o designados beneficiarios cuenten con apoyo económico en caso de tu ausencia. En situaciones donde quizás no se ha acumulado una herencia significativa por diversas razones, esta póliza puede ofrecer un respaldo esencial.

Históricamente, se consideraba que el seguro de vida formaba parte del patrimonio heredado. Sin embargo, desde la implementación del Registro de Seguros de Vida en 2005, esto cambió.

Actualmente, la indemnización del seguro de vida ya no se suma al legado hereditario tradicional. Esto no quiere decir que, como heredero, no obtendrás beneficios. Simplemente significa que, para acceder a la compensación de un seguro de vida, el titular debe haberte nombrado expresamente como beneficiario en su contrato.

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